Una Oportunidad de Residencia Basada en la Integración
¿Qué es el Arraigo Social?
El Arraigo Social es un permiso de residencia otorgado a extranjeros que han vivido en España durante al menos tres años y están plenamente integrados en la sociedad. Este tipo de permiso se concede con base en la existencia de sólidos vínculos comunitarios, los cuales pueden manifestarse a través de la tenencia de un contrato laboral o la presencia de lazos familiares en el país.
¿Dónde se presenta?
Para solicitar el Arraigo Social, el interesado debe presentar personalmente la solicitud ante las autoridades competentes, como las Oficinas de Extranjería, la Jefatura Superior o la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia, o de manera electrónica.
¿En cuánto tiempo tendrás respuesta?
El tiempo de respuesta a la solicitud es de tres meses, aunque en la práctica puede ser más prolongado, llegando incluso a nueve meses debido a la carga de trabajo de la Administración Pública.
Nota: Hay que tomar en cuenta que en la actualidad, la Administración Pública española presenta un retraso en la resolución de las solicitudes de ésta y otras índoles. Quiere decir, que si pasados los 3 meses de dicha solicitud, aún no se cuenta con una respuesta, puede que el caso no haya sido desestimado, sino que no haya sido resuelto a la fecha.

¿Qué hay que hacer después de la aprobación?
En caso de que la solicitud sea aprobada, el beneficiario tiene un mes para solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la oficina correspondiente. Para ello, deberá presentar su pasaporte u otro documento de identidad, así como completar los formularios necesarios y abonar las tasas correspondientes.
¿Por cuánto tiempo otorgan esta residencia?
La autorización concedida tiene una validez de un año, al término del cual el beneficiario puede solicitar una autorización de residencia permanente o una autorización de residencia y trabajo, según corresponda a su situación.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Arraigo Social?
- No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países de origen o residencia por delitos contemplados en la legislación española.
- No estar prohibido de entrar en España, ni figurar como rechazable en países con los que España tenga convenios al respecto.
- No estar dentro del período de compromiso de no retorno a España tras un retorno voluntario al país de origen.
Haber vivido de manera continua en España durante al menos tres años, con ausencias del país que no superen los 120 días. - Contar con vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe de arraigo que acredite la integración social.
- Disponer de un contrato de trabajo que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el establecido en el convenio colectivo aplicable.
¿Qué documentos debes presentar?
- Impreso de solicitud oficial debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia del pasaporte o documento de identidad con validez mínima de cuatro meses.
- Documentos que acrediten la residencia continua en España durante tres años.
- Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- Documentación que demuestre los vínculos familiares requeridos o el informe de inserción social.
- Documentación que acredite los medios de vida, como contratos de trabajo o informes sociales.
¿Necesitas asesoramiento?
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Si estás considerando solicitar el Arraigo Social, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Ya sea para una consulta en persona en nuestras instalaciones en Santa Cruz de Tenerife o para una asesoría virtual, nuestro equipo de expertos está aquí para ayudarte en cada paso del camino. ¡No esperes más para asegurar tu residencia permanente en España, contáctanos!
En MF Trámites y Asesorías, entendemos los desafíos y las inquietudes que enfrentan aquellos que desean establecerse en un nuevo país. Nuestra misión es hacer que su transición a España sea más fácil, suave y exitosa. Como tus aliados confiables y expertos, en diferentes rubros de asesoría migratoria, fiscal y laboral. Cuenta con nosotros para guiarte en cada paso del camino.
¿Prefieres visitarnos? Estamos ubicados estratégicamente en Santa Cruz de Tenerife, en la Av. Santa Cruz, 144, Galería Comercial Victoria, Piso 2, Local 2E, en San Isidro. Nuestras instalaciones están diseñadas para ofrecerte un ambiente acogedor y profesional, donde puedas recibir asesoramiento tanto en persona como de forma virtual.
Permanencia de 2 años en España
Para solicitar el Arraigo Laboral en España, es necesario haber vivido en el país de manera continua durante al menos dos años antes de presentar la solicitud. Durante este período, no se puede haber estado fuera de España por más de 90 días en total.
Acreditar la Permanencia
Para demostrar la permanencia en España, se pueden presentar diversos documentos que muestren el nombre completo y la fecha, como el empadronamiento histórico, facturas, envíos de dinero o justificantes médicos.
Acreditar Trabajo de al menos 6 meses
Dentro de esos dos años, es imprescindible haber trabajado durante al menos seis meses. Es esencial que esta relación laboral tenga cierta relevancia, lo que implica:
- Trabajo por cuenta ajena: Contratos que sumen una actividad laboral de 30 horas a la semana o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses.
- Trabajo por cuenta propia: Haber trabajado de forma continua durante seis meses.
Base Legal
En fecha 25 de marzo del 2021, la Sección Quinta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que, para poder obtener una autorización de residencia temporal en España por circunstancias excepcionales de arraigo laboral, los extranjeros pueden acreditar la relación laboral y su duración por cualquier medio de prueba válido, incluido el certificado de vida laboral que acredite una relación laboral derivada de una anterior autorización de residencia que hubiera perdido vigencia.
Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
¿Por cuánto tiempo otorga residencia la Tarjeta por Arraigo Laboral?
El Arraigo Laboral es un permiso de residencia y trabajo de duración de un año.
Después del año, ¿el Arraigo Laboral se puede renovar?
Una vez transcurrido el año de residencia, lo que se puede hacer es modificar la autorización de residencia por Circunstancias Excepcionales a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia o con medios económicos propios.
Nota: Hay que tomar en cuenta que en la actualidad, la Administración Pública española presenta un retraso en la resolución de las solicitudes de ésta y otras índoles. Quiere decir, que si pasados los 3 meses de dicha solicitud, aún no se cuenta con una respuesta, puede que el caso no haya sido desestimado, sino que no haya sido resuelto a la fecha.
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